26 abril, 2024

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La realización de activos judiciales después de la Huelga de LAJs, por Eactivos.com

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La huelga de letrados de la administración de justicia, como era presumible, ha tenido un impacto muy notable en el funcionamiento diario de los juzgados y tribunales: juicios aplazados, notificaciones sin realizar y, también, subastas judiciales suspendidas que será muy difícil su reanudación y gestión con posterioridad. Así lo afirman los especialistas de eactivos.com.

La realidad anterior que, en el caso de algunos lugares como Murcia, ofrece datos verdaderamente dramáticos y muy preocupantes para el futuro de la economía debe conducir a todos los poderes institucionales (Ministerio de Justicia, CGPJ, Consejerías de Justicia) a una iniciativa seria y eficaz que evite, con medios y alternativas, que el colapso judicial arrastre a uno económico con el correlativo y gravísimo perjuicio para ciudadanos y empresas.

Como ocurrió con la pandemia del covid, y como han subrayado recientemente algunos grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados con ocasión del trámite de enmiendas al Proyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal, urge tal vez replantear los mecanismos judiciales de liquidación y apostar definitivamente por la externalización de la subasta a través de una asignación directa en los procesos a las entidades especializadas previstas por el artículo 641 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Es necesario subrayar que la opción anterior no es novedosa y coincide con la medida de urgencia adoptada por el Gobierno en el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, en cuyo artículo 15 se confió la liquidación de la masa activa a la subasta extrajudicial de forma preferente y con el propósito lógico y sensato de evitar la saturación en fase de enajenación.

Los datos y estadísticas que se están ofreciendo por los Tribunales Superiores de Justicia son muy preocupantes y permiten inferir que, tras la desconvocatoria de la huelga de letrados de la administración de justicia, los juzgados habrán de enfrentar un retraso acumulado elevadísimo que, además, se sumará al ya previo y existente. Una demora en la tramitación de asuntos y expedientes que, en el caso del concurso o la ejecución civil singular, puede propiciar un auténtico estrangulamiento de las empresas y personas en situación de insolvencia crítica, cuyos activos deben poder realizarse con premura y eficacia.

El contexto es complejo y la realidad es dura. No obstante, la solución exigirá de la responsabilidad de todos los operadores jurídicos, incluidas, indiscutiblemente, las entidades especializadas, que ya se probaron cuando la pandemia mostró su peor cara.

Es el momento de ser responsables y cooperar a la descongestión de la Administración de Justicia. Las entidades especializadas siempre estarán al servicio, que también es el servicio a la ciudadanía y empresas.

Autor del texto: Joaquín Oliete Artal, CEO Eactivos – Activos Concursales